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Preguntas frecuentes
No, existen diferencias entre lo que cubre cada Compañía de Seguros. Hay coberturas que algunas compañías ofrecen y otras no. Cada aseguradora establece sus coberturas de acuerdo a las siniestralidades estudiadas.
No. Los seguros de vida no sólo se compran con dinero sino también con salud. Hay personas que sufren de algunas enfermedades y debido a esto la prima puede ser recargada o la solicitud puede ser pospuesta o incluso, rechazada.
Sí. Hay compañías aseguradoras en el mercado que dan cobertura después de los 2 años de nacidos a los niños; siempre y cuando se cumplan los requisitos de asegurabilidad.
No, existen diferencias en los contratos de seguros y estas diferencias pueden significar que usted deje de cobrar en innumerables situaciones.
No, las coberturas en autos particulares son más amplias que en los comerciales, por ejemplo: en autos comerciales no se cubre los riesgos de rotura de vidrio, daños por maldad, por desórdenes públicos o robo parcial en el auto. Además, los deducibles son más altos e incluso, puede existir deducibles en daños a la propiedad ajena.
No, lo que existe es la obligación de asegurar los vehículos.
Si existiera el seguro obligatorio, las cláusulas de las pólizas de auto de las diferentes Compañías Aseguradoras tendrían que ser iguales. Con la ley actual, se obliga a asegurar el vehículo, sin embargo prevalecen las cláusulas establecidas en los contratos de seguros de auto de cada Compañía Aseguradora y estas cláusulas pueden ser diferentes entre cada compañía y no necesariamente cubrir las mismas cosas.
Informar al tránsito del accidente. Notificar a su corredor de seguros sobre el accidente. Informar a Asistencia Vial (dependiendo de su póliza de seguros). No mover el vehículo hasta que lo indique el oficial de tránsito. Los números del tránsito son: 232-6845 ó 232-5614.
Su licencia de conducir. Un celular para ser contactado. Fotocopia actualizada de su póliza. La ubicación del accidente.
Dependiendo de la aseguradora con la que mantiene su póliza, los teléfonos pueden variar. A continuación el listado según las compañías más utilizadas por nosotros: Interoceánica de Seguros (Panamá asistencia): 214-4175, ASSA (Assa Móvil): 300-2424, Aseguradora Mundial (Asistencia Mundial): 390-9090 / 800-9090. Proporcione el número de su póliza, un número de celular al que se le pueda localizar y la dirección donde se encuentra el accidente.
Al momento de presentar el reclamo del accidente a la aseguradora, solicite la asistencia legal. La misma será proporcionada de manera gratuita si su póliza así lo estipula.



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